martes, 30 de agosto de 2016

NORMATIVA EUROPEA PARA EL CALZADO DE SEGURIDAD
CE EN20345

Código de Designación y Clasificación.
I.
Calzado fabricado con cuero y otros materiales, excluido el calzado todo-caucho y todo-polimerico.
II.
Calzado todo-caucho (vulcanizado) y todo-polimérico moldeado.
ü  SB: REQUISITOS MÍNIMOS BÁSICOS, puntera de acero con absorción de energía 200 J, suela en cualquier material.
ü  S1: REQUISITOS MÍNIMOS BÁSICOS, antiestático, absorción de energía en el talón.
ü  S2: REQUISITOS MÍNIMOS BÁSICOS, S1 + impermeabilidad en el empeine.
ü  S3: REQUISITOS MÍNIMOS BÁSICOS, S2 + lámina antiperforante, suela con tacos o marcada.
ü  S4: TIP II, antiestático, absorción de energía en el talón.
ü  S5: Como S4 + lámina antiperforante, suela con tacos o marcada.


SB
S1
S2
S3
S4
S5
A Calzado Antiestático
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 x
 x
 x
 x
 x
E Absorción de energía en el talón
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 x
WRU Impermeabilidad en el empeine
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P Lámina Antiperforante
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 x
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 x

Resistencia al deslizamiento.
ü  SRA: Prueba en cerámica / solución detergente
ü  SRB: Prueba en acero / glicerina

ü  SRC: SRA + SRB

http://www.laboriberica.com/blog/7_normativa-europea-para-el-calzado-de-seguridad.html